Punto De Referencia

Protesta, derecho y razón

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Sinopsis

A propósito de marchas y reuniones públicas organizadas por distintos sectores para expresar disensos, reclamar derechos o criticar decisiones o políticas gubernamentales, reiteramos que el derecho a la protesta social es fundamental en una genuina democracia y está garantizado en las constituciones políticas y en los Tratados Internacionales. El principio democrático no se cumple si los gobernantes se empeñan en impedir, dificultar o sancionar a los ciudadanos por causa de su legítimo ejercicio. Pero no se debe confundir el uso de ese derecho –derivado de la libertades de expresión individual y colectiva, de reunión y de oposición política, entre otras- con los desafueros propios de la violencia, el delito, la perturbación de la tranquilidad pública, el daño a personas, el ataque a bienes públicos o privados, la interrupción de servicios públicos, el sabotaje al transporte o el indebido bloqueo a la libre locomoción de la ciudadanía. Según nuestra Constitución, el Estado debe brindar plena garantía a las d